Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.350


Artículo R.350

Obligación de denunciar.

El funcionario tributario tiene la obligación de denunciar a sus superiores los delitos o actos de mala conducta que violen los principios del Código de Conducta.

Los funcionarios tributarios deberán cooperara con las entidades pertinentes en la investigación que se lleve a cabo.

Los supervisores que reciban información o quejas bien fundadas de infracciones al Código de Conducta, deberán adoptar medidas adecuadas para su corrección.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 2099/2006 de 2006-05-26 Artículo 4