Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.335


Artículo R.335

Compromiso personal.

Los funcionarios tributarios deben asumir la responsabilidad personal de leer, comprender y promover el cumplimiento de los principios del Código de Conducta.

Específicamente, los funcionarios tributarios deben:

- Estar comprometidos con los principios de derecho;

- Observar las resoluciones, reglamentos, disposiciones legales que se relacionen con el desempeño de sus deberes;

- Esforzarse por alcanzar las más altas normas éticas, en apoyo de la misión y los valores de la administración tributaria;

- Desempeñar sus funciones con cuidado, diligencia y profesionalismo;

- Guiarse por los principios de integridad, neutralidad, imparcialidad, transparencia y responsabilidad;

- Comportarse de modo que se mantenga o mejore la reputación y nivel profesional de la administración tributaria.

Ejemplos de mala conducta:

  • No cumplir con los procedimientos establecidos para notificar ausencias;
  • Registrar falsamente la asistencia e información de las horas de trabajo, incluyendo tiempo extra;
  • No cumplir con las órdenes de las autoridades de nivel superior, salvo cuando evidentemente sean ilegales.



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Fuente Observaciones
Res.ID. 2099/2006 de 2006-05-26 Artículo 4