Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.18


Artículo D.18

Será causal de egreso de un participante de los Programas de Viviendas que desarrolla la Intendencia Departamental de Maldonado, la imposición de una medida cautelar por actos u omisiones constitutivas de la violencia doméstica, respecto de otro integrante del núcleo familiar participante, según lo dispuesto por el Art. 10 de la Ley Nº 17.514 del 2 de Julio de 2012.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3894 de 2012-03-13 Artículo 1
Dto.Jta.Dep. 04033/2021 de 2021-03-05 Artículo 1