Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.34


Artículo R.34

Finalmente, siga a la Dirección General de Hacienda encomendándole su actualización por el Indice de Precios al Consumo, en períodos semestrales.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 07776/2014 de 2014-10-08 Artículo 3