Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.39


Artículo R.39

Se establece para los funcionarios del Subescalafón Chóferes los siguientes requerimientos de Licencia de Conducir:

a) Funcionarios que ocupan las clases de cargos 04O y 06O, Licencia de Conductor categoría B o superior.

b) Funcionarios que ocupan la clase de cargos 08O, Licencia de Conductor categoría C ó superior.

c) Funcionarios que ocupan la clase de cargos 09O ó superior, Licencia de Conductor Categoría D ó superior.



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Fuente Observaciones
Res.ID. 8574/2013 de 2013-10-28 Artículo 1