Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.31


Artículo R.31

Autorízase la expedición de licencias de conducir sin costo para conductores de vehículos pertenecientes al Gobierno Departamental y a reparticiones de los Ministerios del Interior y de Defensa Nacional, radicados en el Departamento de Maldonado.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 05405/2015 de 2015-07-23 Artículo 1