Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.288


Artículo R.288

Son deberes de los Becarios y Pasantes:

a) Cumplir su función en forma eficiente y responsable, dentro de los horarios que establezca el Municipio.

b) Cumplir las órdenes que se le impartan por parte de las jerarquías Municipales dentro de sus respectivas competencias.

c) Mantener discreción y reserva de los actos o hechos que tengan conocimiento por el ejercicio de la función.

d) Abstenerse de hacer proselitismo de cualquier especie en el ejercicio de sus funciones o en ocasión de las mismas.

e) Cumplir y hacer cumplir las normas estatutarias del Municipio.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 1798/2009 de 2009-03-16 Artículo 1