Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.281


Artículo R.281

Será competencia de la Intendencia Municipal de Maldonado:

a) Tomar a su cargo el 50% de los sueldos de los profesores contratados, nombrados por la Dirección de las Escuela Nacional de Arte Lírico en acuerdo con el Ministerio de Educación y Cultura. ENAL 10 por concepto de méritos (Artículo 7 del referido estatuto). Tendrán preferencia los profesores afincados en la zona.

b) Facilitar el estudio de los alumnos de ENAL Maldonado, permitiéndoles realizar fotocopias de partituras, etc., y material destinado a los cursos, en las máquinas utilizadas por otras ramas de la cultura departamental.

c) Apoyar la formación de una biblioteca musical dedicada al Canto Lírico, integrada por partituras y libros sobre el tema, siendo competencia de ENAL Maldonado su estructuración así como la futura formación de una videoteca técnica lírica.

d) Estudiar la posibilidad de brindar becas por un año a alumnos egresados de los cursos en Maldonado, que presentaran características destacables, y comprueben no poder costearse el estudio del Curso.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 4162/1991 de 1991-07-17 Artículo 2