Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.274


Artículo R.274

La Escuela de Danzas deberá tener una Comisión de Apoyo que estará constituida por padres y/o simpatizantes que deseen colaborar en determinadas circunstancias. Por ejemplo: confección de vestuario, materiales técnicos, etc., así como aportar ideas y realizarlas en cuanto a la difusión de la Danza.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 3398/1999 de 1999-09-27 Artículo 1