Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.253


Artículo R.253

Dentro de las fechas en que se encuentra abierto el registro para la admisión, los alumnos de los años anteriores deberán inscribirse para la continuación de estudios, sin cuyo registro se les considerará como retirados de la Escuela.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 3398/1999 de 1999-09-27 Artículo 1