Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.238


Artículo R.238

Los alumnos concurrirán a clase con el material y vestuario necesarios solicitados para la Escuela. Se debe llegar por lo menos diez minutos antes de la hora del comienzo de la clase, no pudiendo retirarse antes de finalizada la misma sin autorización del profesor.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 3398/1999 de 1999-09-27 Artículo 1