Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.219


Artículo R.219

En la Escuela de Danzas se podrán crear ayudantías cuando se considere necesario para el buen funcionamiento de una clase.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 3398/1999 de 1999-09-27 Artículo 1