VOLUMEN III
|
||
LIBRO I
|
||
PARTE
|
||
TÍTULO I
|
||
CAPÍTULO XXII
|
||
SECCIÓN II
|
Nombramientos Complementarios
|
Los nombramientos de las Comisiones Asesoras, Jurados de Concurso y/o Fines de Curso y Mesas Examinadoras, serán hechas por la Dirección de la Escuela de Danzas en acuerdo con la Dirección General de Cultura y Dirección de Divulgación Cultural.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 3398/1999 de 1999-09-27 | Artículo 1 |
En la Escuela de Danzas se podrán crear ayudantías cuando se considere necesario para el buen funcionamiento de una clase.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 3398/1999 de 1999-09-27 | Artículo 1 |
Para ser ayudante se requiere ser alumno de la Escuela de Danzas y estar cursando por lo menos séptimo año.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 3398/1999 de 1999-09-27 | Artículo 1 |
La dirección docente corresponde al profesor titular.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 3398/1999 de 1999-09-27 | Artículo 1 |