Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.217


Artículo R.217

La Escuela de Danzas se caracteriza porque su repertorio coreográfico y musical es creado expresamente para ella. Esto no excluye las reposiciones de obras clásicas, modernas o folclóricas del repertorio nacional o internacional.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 3398/1999 de 1999-09-27 Artículo 1