Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.153


Artículo R.153

Sin perjuicio de cuanto antecede, el Departamento de Promoción Social organizará promociones de carácter educativo, sobre los efectos perjudiciales del consumo de tabaco para la salud humana. El citado Departamento coordinará con la Dirección de Personal/Servicios Personales Auxiliares del Departamento Administrativo los mecanismos para el fin, de manera de instruir a la totalidad del personal municipal.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 3333/1995 de 1995-12-13 Artículo 5