Digesto Departamental

Artículo R.277

No pueden presenciar las clases.

Fuente Observaciones
Res.ID. 3398/1999 de 1999-09-27 Artículo 1

Artículo R.278

Cuando hay representaciones, el vehículo que la Escuela de Danzas tenga a su disposición será destinado exclusivamente para uso de la Escuela.

Fuente Observaciones
Res.ID. 3398/1999 de 1999-09-27 Artículo 1

Artículo R.279

Está totalmente prohibido en espectáculos o fines de curso tomar fotos o filmar a menos que haya autorización expresa de la Dirección de la Escuela de Danzas.

Fuente Observaciones
Res.ID. 3398/1999 de 1999-09-27 Artículo 1