Digesto Departamental
VOLUMEN XI
LIBRO I
PARTE
TÍTULO II
CAPÍTULO III
SECCIÓN IV
Decreto 4080/2023

Artículo D.250

Auméntase el sueldo básico de los funcionarios, a excepción de los que cumplen funciones en cargos de particular confianza y cargos electivos, en las siguientes condiciones: a partir del 1º de enero de 2024: Grados 2 al 5: $ 600 (pesos uruguayos seiscientos); Grados 6 al 10: $ 500 (pesos uruguayos quinientos); Grados 11 al 13: $ 400 (pesos uruguayos cuatrocientos). Las cantidades antes referidas se expresan a valores del 1º de enero de 2024 y son nominales.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4080/2023 de 2023-08-08 Artículo 5

Artículo D.251

Adécuase el monto de la partida prevista en el literal B) del Artículo 56º del Decreto Departamental Nº 4036 en hasta $ 3.100.000 (pesos uruguayos tres millones cien mil) anuales, que se ajustará en las mismas condiciones y oportunidades que las retribuciones de los funcionarios municipales.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4080/2023 de 2023-08-08 Artículo 6

Artículo D.252

Suprímase la referencia "Licenciado en Enfermería" establecida en el Artículo 29º del Decreto Departamental Nº 3881, en la redacción dada por el Artículo 17º del Decreto Departamental Nº 3947 en el Escalafón Especializado - Subescalafón Servicios Médicos -.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 4080/2023 de 2023-08-08 Artículo 7