VOLUMEN XI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO III
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SECCIÓN IV
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Decreto 4080/2023
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Auméntase el sueldo básico de los funcionarios, a excepción de los que cumplen funciones en cargos de particular confianza y cargos electivos, en las siguientes condiciones: a partir del 1º de enero de 2024: Grados 2 al 5: $ 600 (pesos uruguayos seiscientos); Grados 6 al 10: $ 500 (pesos uruguayos quinientos); Grados 11 al 13: $ 400 (pesos uruguayos cuatrocientos). Las cantidades antes referidas se expresan a valores del 1º de enero de 2024 y son nominales.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 4080/2023 de 2023-08-08 | Artículo 5 |
Adécuase el monto de la partida prevista en el literal B) del Artículo 56º del Decreto Departamental Nº 4036 en hasta $ 3.100.000 (pesos uruguayos tres millones cien mil) anuales, que se ajustará en las mismas condiciones y oportunidades que las retribuciones de los funcionarios municipales.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 4080/2023 de 2023-08-08 | Artículo 6 |
Suprímase la referencia "Licenciado en Enfermería" establecida en el Artículo 29º del Decreto Departamental Nº 3881, en la redacción dada por el Artículo 17º del Decreto Departamental Nº 3947 en el Escalafón Especializado - Subescalafón Servicios Médicos -.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 4080/2023 de 2023-08-08 | Artículo 7 |