Digesto Departamental
VOLUMEN XI
LIBRO I
PARTE
TÍTULO II
CAPÍTULO III
SECCIÓN III
CAPITULO III.- Otras disposiciones funcionales.

Artículo D.193

Créase en el Escalafón de Particular Confianza, el Grado PC 11, "Directivo de Particular Confianza", con una retribución nominal de $ 180.000. Con ese Grado, se podrán cubrir hasta ocho puestos de trabajo de particular confianza, en áreas estratégicas y operativas del Ejecutivo Departamental. Deberá estarse a la limitación dispuesta por el artículo 23º del Decreto Departamental Nº 3947/2016.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 04036/2021 de 2021-07-15 Artículo 55

Artículo D.194

Sustitúyase el artículo 64º del Decreto Departamental Nº 3947/2016, por el siguiente: "A) Autorízase al Ejecutivo Departamental a otorgar a los funcionarios en comisión provenientes de otros organismos públicos, a modo de compensación, la diferencia entre el sueldo de la oficina de origen y el correspondiente a la oficina de destino según las tareas efectivamente desempeñadas, las particularidades del caso y cuando aquel sea inferior a la retribución prevista en el presente Decreto. Esta compensación deberá ser dispuesta por acto administrativo fundado del Intendente, atendiendo a razones de servicio.

B) Habilítase una partida total de hasta $2.000.000 anuales, que se ajustará en las mismas condiciones y oportunidades que las retribuciones de los funcionarios municipales, con destino a abonar compensaciones mensuales especiales transitorias, de carácter excepcional, al personal que desempeñe funciones de mayor responsabillidad y dedicación, en la formulación de políticas públicas. El Intendente determinará por acto administrativo fundado, atendiendo a razones de servicio, el personal comprendido en la presente disposición".

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 04036/2021 de 2021-07-15 Artículo 56

NOTA: Ver artículo D.251