Digesto Departamental
VOLUMEN XI
LIBRO I
PARTE
TÍTULO I
CAPÍTULO I
SECCIÓN V
OBRAS SUJETAS A OBTENCION DE FONDOS

Artículo D.94

Autorízase al Intendente la ejecución de programas de inversiones en los territorios del Departamento, no previstos en el Decreto, por un monto global de hasta un 20% del Presupuesto de Inversiones, sujeto a la obtención de fondos por medio del fideicomiso financiero presentado ante la Junta Departamental mediante Resolución Nº 07643/2015 o por la efectivización de una solución similar de endeudamiento en cuanto a monto, condiciones y plazo.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3947/2016 de 2016-07-12 Artículo 94