VOLUMEN II
|
||
LIBRO V
|
||
PARTE
|
||
TÍTULO I
|
||
CAPÍTULO III
|
||
SECCIÓN III
|
Alcalde de Garzón y José Ignacio
|
Delégase en el Alcalde del Municipio de Garzón y José Ignacio la facultad de ordenar gastos en la forma establecida en el Capítulo III, Sección 2, artículo 33, numeral 2 del Tocaf en todos aquellos procedimientos de compras por concurso de precios y/o compra directa hasta el 100 % del límite legal correspondiente que fija periódicamente el Instituto Nacional de Estadística.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 6881/2011 de 2011-09-02 | Artículo 1 |
El monto total trimestral de los gastos ordenados en el ejercicio de la delegación precedente no podrá superar el 40% del presupuesto anual del Municipio.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 6881/2011 de 2011-09-02 | Artículo 2 |
Se encomienda al Alcalde la preparación de un informe de frecuencia mensual por el que se de cuenta al Cuerpo del Municipio en forma detallada de los trámites realizados en el ejercicio de la precedente delegación.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 6881/2011 de 2011-09-02 | Artículo 3 |