Digesto Departamental

SECCIÓN I Director Administrativo
Artículo D.39

Cometido principal del cargo.

Planificar, coordinar y controlar las actividades administrativas de apoyo a las funciones sustantivas de la Junta Departamental, comprendiendo las actividades de recursos humanos, registro, trámite y archivo y servicios.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 Artículo 2

Artículo D.40

Principales tareas del cargo.

- Coordina y supervisa la administración de los recursos humanos, del flujo de trámites y de la prestación de servicios internos.

- Supervisa la gestión de personal de la Junta Departamental y, en particular, la correcta aplicación de los sistemas de capacitación y evaluación del desempeño.

- Solicita la aplicación de los procedimientos previstos para el ingreso de personal, cuando sea necesario, y asegura que los mismos respeten los requisitos establecidos para los respectivos cargos.

- Orienta a los nuevos funcionarios que ingresan a la Junta Departamental y les brinda los conocimientos necesarios sobre las particularidades de la Institución.

- Propone a la Secretaría General pautas y criterios para la formulación o reformulación de reglamentos internos de funcionamiento y disciplinarios.

- Apoya la labor de los Tribunales de Calificaciones en la evaluación del desempeño de los funcionarios de la Junta Departamental.

- Supervisa la administración de los flujos de trámites, asegurando su correcto registro y archivo.

- Asegura la correcta prestación de servicios internos y, en particular, los de locomoción, impresiones y conserjería.

- Dispone las guardias necesarias del personal de las áreas a su cargo, para el apoyo en las sesiones de la Junta Departamental y de sus Comisiones.

- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 Artículo 2

Artículo D.41

Requisitos del cargo.

Nivel de formación.

El establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 3747.

Conocimientos especiales.

Conocimientos profundos de las reglamentaciones y de los procedimientos internos de la Junta Departamental.

Buenos conocimientos de administración de personal.

Buenos conocimientos de procesadores de texto.

Experiencia.

Se requiere un desempeño de más de tres años como Jefe de Departamento o de seis años como Jefe de Sección.

Debe poseer un dominio absoluto del funcionamiento y organización de la Junta Departamental.

Complejidad de la tarea.

Tareas estructuradas alternadas con tareas no estructuradas que implican la toma de decisiones no previstas en los procedimientos.

Responsabilidad por errores o atrasos.

El atraso o el error originan pérdidas de tiempo y/o de prestigio, generalmente recuperables.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 Artículo 2

SECCIÓN II Sección Recursos Humanos
Artículo D.42

JEFE DE SECCIÓN RECURSOS HUMANOS.

1) Cometido principal del cargo.

Organizar y ejecutar la administración y gestión de los recursos humanos de la Junta Departamental.

 

2) Principales tareas del cargo.

- Colabora con la Dirección Administrativa en las tareas de planificación y coordinación de las actividades relacionadas con la gestión de los recursos humanos.

- Identifica las necesidades de capacitación del personal, programa actividades, propone su forma de ejecución y coordina las mismas.

- Promueve la aplicación de sistemas de evaluación del desempeño del personal y atiende su puesta en práctica.

- Supervisa los procesos relacionados con el registro de funcionarios y control de asistencias y autoriza los planes de licencias anuales y las licencias extraordinarias.

- Asegura un sistema de información eficiente que sirva de base para la liquidación de los haberes de los funcionarios.

- Controla la información base para la liquidación de haberes.

- Administra los beneficios sociales de los funcionarios, coordina los aspectos vinculados al cuidado de su salud y promueve políticas de prevención en materia de seguridad e higiene laboral.

- Mantiene actualizado el archivo de la legislación aplicable al área de personal.

- Atiende consultas y solicitudes de los funcionarios y de las distintas unidades de la Institución.

- Subroga al Director Administrativo en su ausencia.

- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.

 

3) Requisitos del cargo.

Nivel de formación.

El establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 3747.

Conocimientos especiales.

Buenos conocimientos de las leyes, normas y reglamentaciones de personal vigentes en la Junta Departamental.

Buenos conocimientos sobre administración de personal y comportamiento organizacional.

Buenos conocimientos de procesadores de texto.

Experiencia.

Se requiere un desempeño de más de tres años como Auxiliar Administrativo I, preferentemente en el área de Recursos Humanos o de dos anos como Encargado de Sección.

Complejidad de la tarea.

Tareas estructuradas que implican la elección entre diferentes procedimientos preestablecidos, salvo excepciones.

Responsabilidad por errores o atrasos.

El atraso o el error originan pérdidas de tiempo, económicas y/o de prestigio, generalmente recuperables.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 Artículo 2

Artículo D.43

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE RECURSOS HUMANOS.

1) Cometido principal del cargo.

Realizar tareas administrativas de registro y control del personal de la Junta Departamental.

 

2) Principales tareas del cargo.

- Mantiene actualizadas las fichas personales, los legajos personales y las carpetas de licencias.

- Registra y controla las licencias del personal, clasificándolas según los diferentes motivos previstos reglamentariamente.

- Efectúa el control y seguimiento del cumplimiento de horarias y de las salidas extraoficiales autorizadas, informando a la Jefatura cualquier desviación que detecte.

- Elabora un plan de licencias reglamentarias para el personal de la Junta Departamental y la eleva para la aprobación del Jefe de Sección.

- Confecciona contratos de personal y elabora informes para su presupuestación.

- Prepara la información para la liquidación de sueldos.

- Colabora con la Dirección en la ejecución de programas de capacitación.

- Colabora con la Dirección en la implantación de sistemas de evaluación del desempeño.

- Confecciona comunicados al personal, de acuerdo a los lineamientos proporcionados por la Jefatura.

- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.

 

3) Requisitos del cargo.

Nivel de formación.

El establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 3747.

Conocimientos especiales.

Buenos conocimientos de las leyes, normas y reglamentaciones de personal vigentes en la Junta Departamental.

Buenos conocimientos de procesadores de texto.

Conocimientos básicos de administración de personal.

Experiencia.

Para el nivel de Auxiliar Administrativo I: tres años como Auxiliar Administrativo II, preferentemente en el área de Recursos Humanos.

Para el nivel de Auxiliar Administrativo II: tres años como Auxiliar Administrativo III, preferentemente en el área de Recursos Humanos.

Para el nivel de Auxiliar Administrativo III: no se requiere experiencia previa.

Complejidad de la tarea.

Tareas estructuradas que se realizan de acuerdo a procedimientos establecidos.

Responsabilidad por errores o atrasos.

El atraso o el error originan pérdidas de tiempo, económicas y/o de prestigio, que son siempre recuperables.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 Artículo 2

SECCIÓN III Sección Registro, Trámite, Archivo
Artículo D.44

JEFE DE SECCIÓN REGISTRO, TRÁMITE Y ARCHIVO.

1) Cometido principal del cargo.

Administrar la gestión de todos los asuntos que ingresan o egresan de la Junta Departamental, a través de adecuados procesos administrativos de registro, trámite y archivo.

 

2) Principales tareas del cargo.

- Supervisa la recepción y el registro de la documentación dirigida a la Junta Departamental, ya sea de origen externo (Intendencia Municipal, otras Juntas Departamentales, público en general, etc.) o interno (iniciativas de los Ediles, recursos de funcionarios, etc.) y envía la misma a su correspondiente destino.

- Establece mecanismos para centralizar toda la documentación que egresa de la Junta Departamental, supervisando su registro y envío.

- Supervisa, en particular, el registro y la remisión en tiempo y forma a los destinos dispuestos de todos los expedientes considerados por el Plenario o de aquéllos en los que las Comisiones soliciten información o cualquier otro trámite.

- Supervisa las tareas de microfilmación y de archivo de documentación.

- Controla el correcto mantenimiento y custodia de documentación de carácter histórico.

- Asegura un sistema de información eficiente que sirva de base para el seguimiento del trámite de los asuntos ingresados.

- Controla el boletín informativo semanal de los asuntos entrados tramitados por la Mesa o la Presidencia del Organismo y la nómina mensual de gestiones remitidas por el Parlamento u otras Juntas Departamentales.

- Brinda información a los Ediles, Bancadas, Comisiones, unidades internas y público en general sobre el trámite de los asuntos.

- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.

 

3) Requisitos del cargo.

Nivel de formación.

El establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 3747.

Conocimientos especiales.

Buenos conocimientos de la actividad legislativa y, en particular, de los reglamentos, procedimientos administrativos.

Buenos conocimientos de procesadores de texto y bases de datos.

Conocimientos básicos de Archivología.

Experiencia.

Se requiere un desempeño de más de tres años como Auxiliar Administrativo I, preferentemente en el área de Registro, Trámite y Archivo o de dos años como Encargado de Sección.

Complejidad de la tarea.

Tareas estructuradas que implican la elección entre diferentes procedimientos preestablecidos, salvo excepciones.

Responsabilidad por errores o atrasos.

El atraso o el error originan pérdidas de tiempo, económicas y/o de prestigio, generalmente recuperables.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 Artículo 1

Artículo D.45

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DE REGISTRO, TRÁMITE Y ARCHIVO.

1) Cometido principal del cargo.

Recibir, registrar, tramitar y archivar la documentación que ingresa o egresa de la Junta Departamental.

 

2) Principales tareas del cargo.

  • Recibe y registra la documentación dirigida a la Junta Departamental, ya sea de origen externo (Intendencia Municipal, otras Juntas Departamentales, público en general, etc.) o interno (iniciativas de los Ediles, recursos de funcionarios, etc.) y envía la misma a su correspondiente destino.
  • Registra y remite en tiempo y forma a los destinos dispuestos de todos los expedientes considerados por el Plenario o de aquéllos en los que las Comisiones soliciten información o cualquier otro trámite.
  • Administra la documentación contenida en los archivos microfilmados y convencionales del organismo.
  • Brinda información a los Ediles, Bancadas, Comisiones, unidades internas y público en general sobre el trámite de los asuntos.
  • Confecciona el boletín informativo semanal de los asuntos entrados tramitados por la Mesa o la Presidencia del organismo y lo entrega a las Bancadas, para conocimiento de los Ediles, con la antelación prevista reglamentariamente.
  • Confecciona la nómina mensual con el resumen de las notas y gestiones remitidas por el Parlamento Nacional y por las restantes Juntas Departamentales del país.
  • Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.

 

3) Requisitos del cargo.

Nivel de formación.

  • El establecido en el Artículo 20) del Decreto N0 3747.

Conocimientos especiales.

  • Conocimientos de la actividad legislativa y, en particular, de los reglamentos y procedimientos administrativos.
  • Buenos conocimientos de procesadores de texto y bases de datos.
  • Conocimientos básicos de Archivología.

Experiencia.

  • Para el nivel de Auxiliar Administrativo I: tres años como Auxiliar Administrativo II, preferentemente en el área de Registro, Trámite y Archivo.
  • Para el nivel de Auxiliar Administrativo II: tres años como Auxiliar Administrativo III, preferentemente en el área de Registro, Trámite y Archivo.
  • Para el nivel de Auxiliar Administrativo III: no se requiere experiencia previa.

Complejidad de la tarea.

  • Tareas estructuradas que se realizan de acuerdo a procedimientos establecidos.

Responsabilidad por errores o atrasos.

  • El atraso o el error originan pérdidas de tiempo, económicas y/o de prestigio, que son siempre recuperables.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 Artículo 2

SECCIÓN IV Sector Servicios
Artículo D.46

JEFE DE SECTOR SERVICIOS.

1) Cometido principal del cargo.

Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar la prestación de servicios internos de la Junta Departamental.

 

2) Principales tareas del cargo.

- Planifica y organiza las tareas de servicios y las asigna al personal considerando la adecuación de los perfiles de cada uno a la operativa a cumplir.

- Realiza el seguimiento de las fases de ejecución de cada una de las tareas.

- Toma las previsiones para disponer del personal necesario para cubrir los requerimiento de los servicios a su cargo.

- Supervisa los servicios internos de control de entrada de público a los locales de la Junta Departamental, de telefonía, de mensajería, de cafetería y de limpieza.

- Asegura adecuados servicios de transporte a los legisladores y funcionarios en el ejercicio de su función.

- Controla los trabajos de reproducción y encuadernación de documentos de diversa índole.

- Coordina con la Dirección Administrativa las guardias de personal necesarias para la prestación de servicios en las sesiones de la Junta Departamental y de sus Comisiones.

- Atiende el mantenimiento en buen estado de las máquinas y equipos pertenecientes a su área.

- Realiza el cálculo, solicita los materiales e insumos necesarios para cumplir las tareas de su área y controla su correcta distribución y utilización.

- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.

 

3) Requisitos del cargo.

Nivel de formación.

El establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 3747.

Conocimientos especiales.

Conocimientos relacionados a las áreas operativas correspondientes a su unidad.

Conocimiento de las normas de seguridad e higiene.

Experiencia.

Se requiere un desempeño de más de tres años como Subjefe de Sector Servicios.

Complejidad de la tarea.

Tareas estructuradas que implican la elección entre diferentes procedimientos preestablecidos, salvo excepciones.

Responsabilidad por errores o atrasos.

El atraso o el error originan pérdidas de tiempo, económicas y/o de prestigio, generalmente recuperables.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 Artículo 2

Artículo D.47

SUB-JEFE DE SECTOR SERVICIOS.

1) Cometido principal del cargo.

Colaborar con la Jefatura del Sector Servicios en la planificación, organización, coordinación y control de la prestación de servicios internos de la Junta Departamental.

 

2) Principales tareas del cargo.

- Colabora en la planificación y organización de las tareas de servicios y en su asignación al personal.

- Colabora en la ejecución de servicios internos, en particular los correspondientes a mensajería, reproducción de documentación y manejo del audio en las sesiones.

- Supervisa el uso de las motos propiedad del Organismo.

- Colabora en el mantenimiento en buen estado de las máquinas y equipos pertenecientes a su área.

- Subroga al Jefe de Sector Servicios en su ausencia.

- Realiza otras tareas afines de acuerdo a ro que le indica su superior jerárquico.

 

3) Requisitos del cargo.

Nivel de formación.

El establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 3747.

Conocimientos especiales.

Conocimientos relacionados a las áreas operativas correspondientes a su unidad.

Conocimiento de las normas de seguridad e higiene.

Experiencia.

Se requiere un desempeño de tres años como Auxiliar de Servicio I o de dos años como Encargado de Servicio.

Complejidad de la tarea.

Tareas estructuradas que implican la elección entre diferentes procedimientos preestablecidos.

Responsabilidad por errores o atrasos.

El atraso o el error originan pérdidas de tiempo, económicas y/o de prestigio, siempre recuperables.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 Artículo 2

Artículo D.48

ENCARGADO DE SECTOR SERVICIOS.

1) Cometido principal del cargo.

Controlar el cumplimiento de todas las disposiciones que establezcan el Jefe y Sub-Jefe del Sector Servicios.

 

2) Principales tareas del cargo.

- Controlar que se lleve a cabo la planificación y organización de las tareas de servicios y su asignación al personal de acuerdo a lo que dispongan sus superiores.

- Supervisa la ejecución de servicios internos, en particular los correspondientes a mensajería, reproducción de documentación y manejo del audio de la Sala.

- Adopta las medidas tendientes al mantenimiento de las máquinas y equipos pertenecientes a su área.

- Controla las existencias en materia de insumos en general de cantina e impresiones, dando cuenta a sus superiores de la necesidad de un nuevo aprovisionamiento de estos, con la debida antelación ante carencias de los mismos.

- Subroga al Sub-Jefe de Sección Servicios en su ausencia.

- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.

 

3) Requisitos del cargo.

Nivel de formación

El establecido en el Artículo 2 del Decreto N° 3747.

Conocimientos especiales.

Conocimientos relacionados a las áreas operativas correspondientes a su unidad.

Conocimiento de las normas de seguridad e higiene.

Experiencia.

Se requiere un desempeño de dos (2) años como Auxiliar de Servicios I o de cuatro (4) años como Auxiliar de Servicio II.

Complejidad de la tarea.

Tareas estructuradas que implican la elección entre diferentes procedimientos preestablecidos.

Responsabilidad por errores o atrasos.

El atraso o error originan pérdidas de tiempo económicas o de prestigio, siempre recuperables.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3825 de 2007-05-08 Artículo 3

Artículo D.49

JEFE DE SECTOR LOCOMOCIÓN.

1) Cometido principal del cargo.

Atender la prestación de servicios de transporte a los Legisladores y funcionarios en el ejercicio de su función.

 

2) Principales tareas del cargo.

- Planifica, organiza, dirige y controla -en coordinación con el Jefe de Sector Servicios- la prestación de servicios de locomoción.

- Distribuye el trabajo entre los Choferes de la Institución.

- Efectúa tareas de Chofer para el traslado de! Presidente del Cuerpo en el auto oficial de la Presidencia, dentro y fuera del Departamento de Maldonado.

- Atiende el mantenimiento de los vehículos de la Institución.

- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.

 

3) Requisitos del cargo.

Nivel de formación.

Ciclo básico de Enseñanza Primaria completa.

Conocimientos especiales.

Conocimientos relacionados a su área operativa.

Licencia de Conducir profesional.

Buenos conocimientos de las normas de tránsito.

Experiencia.

Se requiere un desempeño de tres años como Chofer I.

Complejidad de la tarea.

Tareas estructuradas que implican la elección entre diferentes procedimientos preestablecidos, salvo excepciones.

Responsabilidad por errores o atrasos.

El atraso o el error originan pérdidas de tiempo, económicas y/o de prestigio, generalmente recuperables.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 Artículo 2
Dto.Jta.Dep. 3811 de 2006-05-02 Artículo 4

Artículo D.50

CHOFER.

1) Cometido principal del cargo.

Brindar servicios de transporte a los Legisladores y funcionarios en el ejercicio de su función.

 

2) Principales tareas del cargo.

- Efectúa tareas de Chofer para los Legisladores y funcionarios en el ejercicio de su función, dentro y fuera del Departamento de Maldonado.

- Realiza el reparto de correspondencia y el traslado de expedientes y documentos, dentro y fuera del Departamento de Maldonado.

- Efectúa los trámites que le sean solicitados.

- Realiza el mantenimiento del vehículo a su cargo, lo que implica carga de combustible, lavado y limpieza, service, etc.

- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.

 

3) Requisitos del cargo.

Nivel de formación.

Ciclo básico de Enseñanza Primaria completo.

Conocimientos especiales.

Conocimientos relacionados a su área operativa.

Licencia de Conducir profesional.

Buenos conocimientos de las normas de tránsito.

Experiencia.

Para el nivel de Chofer I: tres años como Chofer II.

Para el nivel de Chofer II: cinco años en tareas similares fuera del Organismo.

Complejidad de la tarea.

Tareas estructuradas que implican la elección entre diferentes procedimientos preestablecidos.

Responsabilidad por errores o atrasos.

El atraso o el error originan pérdidas de tiempo, económicas y/o de prestigio, generalmente recuperables.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 Artículo 2

Artículo D.51

AUXILIAR DE SERVICIO.

1) Cometido principal del cargo

Colaborar en la prestación de servicios internos de la Junta Departamental.

 

2) Principales tareas del cargo.

- Las tareas de Auxiliar de Servicios serán asignadas por la Jefatura del Sector Servicios, de acuerdo con la organización de las actividades y la adecuación del perfil del personal con cada operativa a cumplir. Dichas tareas pueden ser:

- Atender la central telefónica operando los sistemas existentes a tales efectos.

- Realiza la reproducción y encuadernación de documentos de diversa índole.

- Maneja el audio en las sesiones de la Junta Departamental, de sus Comisiones y en toda otra ocasión que le sea solicitado.

- Efectúa tareas de mensajería y en particular pagos en bancos, a proveedores, etc.

- Colabora en tareas de recepción y atención al público que ingrea al local de la institución.

- Atiende el servicio de cafetería de la Institución, en particular en las sesiones de la Junta Departamental y de sus Comisiones.

- Realiza tareas de limpieza.

- Mantiene en buen estado las máquinas y equipos pertenecientes a su área, solicitando a la Jefatura los servicio correspondientes.

- Solicita a la Jefatura del Sector Servicios los insumos necesarios para el cumplimiento adecuado de las tareas asignadas.

- Asiste a las Sesiones de la Junta Departamental y de sus Comisiones cuando le sea encomendado.

- Realiza otras tareas afines de acuerdo a lo que le indica su superior jerárquico.

 

3) Requisitos del cargo.

Nivel de formación.

Ciclo básico de Enseñanza Primaria completo.

Conocimientos especiales.

Conocimientos relacionados a su área operativa.

Conocimientos del funcionamiento interno de la Junta Departamental.

Experiencia.

Para el nivel de Auxiliar de Servicio I: tres años como Auxiliar de Servicio II.

Para el nivel de Auxiliar de Servicio II: tres años como Auxiliar de Servicio III.

Para el nivel de Auxiliar de Servicio III: no se requiere experiencia previa.

Complejidad de la tarea.

Tareas estructuradas que se realizan de acuerdo a procedimientos preestablecidos.

Responsabilidad por errores o atrasos.

Sin consecuencias. El atraso o error se detecta inmediatamente.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3722 de 1998-05-08 Artículo 2
Dto.Jta.Dep. 3847 de 2009-03-31 Artículo 3