Digesto Departamental
VOLUMEN X
LIBRO ÚNICO
PARTE
TÍTULO V
CAPÍTULO III
Tasa por Expedición de Certificados y Testimonios de Partidas de la Dirección de Registro Civil

SECC. ÚNICA
Artículo D.117

Por los testimonios de partidas que expide la Dirección de Registro Civil, se deberá abonar una tasa de $30 y por los certificados una tasa de $25.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3759 de 2001-12-12 Artículo 21

VALORES ACTUALIZADOS


Artículo D.118

Se expedirán gratis aquellos testimonios y/o certificados que se expidan para los siguientes destinos:

  • Carta de ciudadanía
  • Ley de Registro Cívico Nacional
  • Registro Militar (Ley 13.033)
  • Ingreso a la Escuela Pública
  • Pensión a la vejez
  • Pensiones de Invalidez o imposibilidad física
  • Pensiones servidoras 1897 y 1904
  • Trámites de Auxiliatorio de pobreza
  • Trámites patrocinados por la Defensoría de Oficio Departamental y los Consultorios Jurídicos Gratuitos que dicten clases en el Departamento de Maldonado. Las solicitudes deberán ser firmadas por el Defensor/a de Oficio Docente de los Consultorios Jurídicos.

Facúltase a la Intendencia a remitir directamente a los organismos respectivos los testimonios o certificados solicitados con el destino previsto en el presente artículo.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3759 de 2001-12-12 Artículo 21
Dto.Jta.Dep. 3810 de 2006-03-31 Artículo 133