VOLUMEN III
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO I
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CAPÍTULO XVII
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Entrega de Medallas a funcionarios de la Junta Departamental
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SECC. ÚNICA |
Dispónese otorgar a los funcionarios de la Junta Departamental de Maldonado que hayan cumplido o cumplan 25 años de servicios en la Corporación, medallas alusivas a dicho aniversario.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3643 de 1991-09-27 | Artículo 1 |
Los funcionarios que hayan cumplido o cumplan 25 años de servicio, recibirán una medalla conmemorativa de plata, y los que hayan cumplido o cumplan 30 años de servicios, recibirán una medalla conmemorativa de oro.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3643 de 1991-09-27 | Artículo 2 |
Las medallas que correspondan otorgar, serán entregadas en acto público, en el año que cumplan el aniversario y en la fecha de celebración del "Día de los Municipios de América".
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3643 de 1991-09-27 | Artículo 3 |
Dispónese otorgar una placa de reconocimiento por su labor en la Corporación, a los funcionarios con más de 15 años de servicios, en el momento de su retiro. Esta placa de reconocimiento será entregada en sesión solemne de la Junta Departamental de Maldonado, en un plazo no mayor de sesenta días después de haber sido aceptada la renuncia.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3643 de 1991-09-27 | Artículo 4 |