Digesto Departamental
VOLUMEN III
LIBRO I
PARTE
TÍTULO I
CAPÍTULO XVII
Entrega de Medallas a funcionarios de la Junta Departamental

SECC. ÚNICA
Artículo D.194

Dispónese otorgar a los funcionarios de la Junta Departamental de Maldonado que hayan cumplido o cumplan 25 años de servicios en la Corporación, medallas alusivas a dicho aniversario.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3643 de 1991-09-27 Artículo 1

Artículo D.195

Los funcionarios que hayan cumplido o cumplan 25 años de servicio, recibirán una medalla conmemorativa de plata, y los que hayan cumplido o cumplan 30 años de servicios, recibirán una medalla conmemorativa de oro.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3643 de 1991-09-27 Artículo 2

Artículo D.196

Las medallas que correspondan otorgar, serán entregadas en acto público, en el año que cumplan el aniversario y en la fecha de celebración del "Día de los Municipios de América".

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3643 de 1991-09-27 Artículo 3

Artículo D.197

Dispónese otorgar una placa de reconocimiento por su labor en la Corporación, a los funcionarios con más de 15 años de servicios, en el momento de su retiro. Esta placa de reconocimiento será entregada en sesión solemne de la Junta Departamental de Maldonado, en un plazo no mayor de sesenta días después de haber sido aceptada la renuncia.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3643 de 1991-09-27 Artículo 4