Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.281


Artículo R.281

Una vez finalizado el relevamiento y con el detalle del importe a pagar se procederá a notificar al sujeto pasivo del impuesto, quien contará con un plazo de 15 (quince) días hábiles pra presentar descargos. Vencido el mismo, la Dirección General de Hacienda dictará el correspondiente acto administrativo determinando el impuesto a pagar, debiéndose proceder a la correspondiente notificación al contribuyente.



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