VOLUMEN X
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LIBRO ÚNICO
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PARTE
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TÍTULO VII
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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Fíjase como fecha de vencimiento para el pago anual del impuesto a los avisos de publicidad y propaganda el 30 de abril de cada año. Vencido dicho plazo se aplicarán las multas y recargos que por derecho correspondan.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 06359/2023 de 2023-07-13 | Artículo 1 |