VOLUMEN X
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LIBRO ÚNICO
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PARTE
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TÍTULO VI
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CAPÍTULO VI
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SECCIÓN IV
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Establéceseque en caso que las obras no se ajusten al permiso, se ocupe más espacio que el autorizado, la licencia haya caducado, no se abone el monto estipulado precedentemente o cualquier otro tipo de omisión, luego del debido procedimiento, la Intendencia aplicará las sanciones establecidas en el artículo 12º del Decreto Departametnal Nº 3537/1986 y podrá retirar el material o el equipamiento instalado cargándose los gastos incurridos a la emisión del impuesto de contribución inmobiliaria.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 09248/2018 de 2018-11-05 | Artículo 3 |