VOLUMEN X
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LIBRO ÚNICO
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PARTE
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TÍTULO VI
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CAPÍTULO VI
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SECCIÓN IV
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Dispónese que respecto al equipamiento que a la fecha de la vigencia de la presente reglamentación seencuentre autorizado o instalado, los administrados deberán actualizar el permiso y en caso de habilitarse tendrán hasta el 30 de noviembre de 2018 para pagar los derechos anuales correspondientes, sin multas ni recargos.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 09248/2018 de 2018-11-05 | Artículo 2 |