Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.382


Artículo R.382

Son condiciones necesarias para acceder a una Beca:

a. Acreditar tener aprobado por lo menos el primer año de curso que se encuentre cursando, sin materias previas, excepto para los estudiantes del Consejo de Educación Secundaria, que deberán tener cuarto año aprobado, además de la capacitación requerida para la función a desempeñar.

b. No ser repetidor en el momento de acceder a la Beca.

c. No haber usufructuado una Beca de trabajo con anterioridad, extremo que deberá ser verificado previo al ingreso.



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Fuente Observaciones
Res.ID. 01097/2018 de 2018-02-07 Artículo 5