Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.305


Artículo R.305

Escalafón Inspectivo.

Características Generales: Comprende las clases de cargos de nivel operativo en las que predominantemente se desarrollan tareas relacionadas con el control externo, la vigilancia, la prevención y la inspección de las áreas sujetas a la fiscalización del cumplimiento de ordenanzas y normas municipales.

Identificación del Cargo: I 11 – Inspector Jefe.

Ámbito: Divisiones, Secciones, áreas, dependencias o unidades donde se realicen tareas de control y verificación de actividades, hechos y situaciones reguladas por disposiciones nacionales y municipales.

Interrelaciones: Depende del Director de División o  Secretario de Junta Local; supervisa a los Inspectores Subjefes y a través de ellos a todos los funcionarios inspectivos que integren su ámbito de trabajo.

Tareas: Programa, dirige y coordina las tareas de las distintas Secciones de la División donde se realicen tareas de carácter inspectivo. Prevé las necesidades en todos los órdenes, sugiriendo oportunamente las soluciones del caso. Establece las necesidades de recursos humanos del servicio. Informa a su superior jerárquico respecto a problemas que requieran decisión superior. Coordina con los Inspectores Subjefes, prioridades y procedimientos de trabajo. Redacta informes y notas. Evalúa conjuntamente con los Inspectores Subjefes el desempeño de los funcionarios. Evacua consultas sobre trámites inspectivos en general. Redacta informe s y notas y controla y firma expedientes. Soluciona posibles problemas de interrelación funcional. Orienta a los nuevos funcionarios. Aplica sanciones disciplinarias dentro de los límites de su competencia.

Identificación del cargo: I09 – Inspector Subjefe.

Ámbito: Toda la Sección, áreas y unidades que la integran, siempre que en ellas se realicen tareas de carácter inspectivo.

Interrelaciones: Depende del Inspector Jefe; supervisa a todos los funcionarios pertenecientes al Escalafón Inspectivo que integran su ámbito de trabajo.

Tareas: Organiza, distribuye y controla el trabajo entre el personal a su cargo. Clasifica los trámites e intervenciones realizadas en función de las materias y urgencia de cada uno, distribuyéndolos según prioridades preestablecidas. Evacua consultas de superiores y subordinados. Toma decisiones dentro del marco de su competencia. Redacta y refrenda informes y notas en general, estudia e informa expedientes dándoles trámite. Distribuye los recursos humanos según las necesidades del servicio. Capacita y adiestra a los funcionarios que se encuentran a sus órdenes. Analiza permanentemente los procedimientos de trabajo, proponiendo las mejoras que considere oportunas a su superior jerárquico. Controla el stock de los recursos materiales a su cargo, asegurando un adecuado manejo de los mismos. Controla el uso de los útiles de oficina. Solicita, si corresponde, el mantenimiento del local de trabajo y su equipamiento. Mantiene actualizado el inventario de muebles y útiles. Atiende público cuando la índole de los problemas planteados así lo exige. Sustituye a los funcionarios ausentes. Evalúa el desempeño de los funcionarios a su cargo. Sugiere sanciones disciplinarias, dentro de los límites de su competencia. Toda otra tarea afín que le sea encomendada por su superior jerárquico.

Identificación del Cargo:

I08 – Inspector 1º.

I07 – Inspector 2º.

I06 – Inspector 3º.

I05 – Inspector 4º.

I04 – Inspector 5º.

I03 – Inspector 6º.

I02 – Inspector 7º.

I01 – Inspector 8º.

Ámbito: División, Sección, área, dependencia o unidad donde se realicen tareas de carácter inspectivo.

Interrelaciones: Depende del superior jerárquico inmediato que integra su ámbito de trabajo.

Tareas: Controles de tránsito y transporte establecidos en normas municipales y nacionales. Control y liquidación de Tasa Bromatológica. Vigilancia de locales municipales. Tareas de apoyo a todas aquellas áreas laborales del Municipio que requieran procesos inspectivos para el cumplimiento de sus fines Toda otra tarea afín que le sea encomendada por su superior jerárquico. Desde el grado I05 en adelante podrán encomendarse tareas de Encargado de Turno o similar con las atribuciones y responsabilidades del Inspector Subjefe.



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Fuente Observaciones
Res.ID. 3078/2007 de 2007-11-06 Artículo 1