Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.167


Artículo R.167

Durante la jornada laboral ningún funcionario municipal podrá requerir información sobre asuntos en los que tenga interés como técnico o profesional actuante.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 1464/1986 de 1986-03-10 Artículo 10