Digesto Departamental

Artículo D.73

El procedimiento se regirá por las normas constitucionales, legales y reglamentarias de la República Oriental del Uruguay, en particular el Decreto - Ley N°15.637 de 18 de septiembre de 1984, el art. 522 de la Ley N° 16.736 de 5 de Enero de 1996, Decretos N° 500/991 de 27 de septiembre de 1991, N° 194/997 de 10 de Junio de 1997, Decreto Departamental Nº 3659 de 18 de Setiembre de 1992 (Ordenanza de Protección al Medio Ambiente), Resolución Municipal Nº 908/992 –Reglamento de la Actuación Administrativa – y demás disposiciones nacionales y municipales vigentes en la materia.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3827 de 2007-06-26 Artículo 5