Digesto Departamental

SECC. ÚNICA
Artículo D.294

Créase el Fondo Turístico con el fin de apoyo financiero para la promoción y desarrollo en el área turística del Departamento el que se integrará con el producido de los siguientes rubros: a) Catastro turístico 100%; b) El 50% del producido del impuesto a los espectáculos públicos.

Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3503 de 1985-11-15 Artículo 42