Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.266


Artículo R.266

Los discapacitados intelectuales tendrán derecho a la obtención de un carné de libre tránsito para el transporte colectivo de pasajeros dentro del Departamento de Maldonado, cuando cumplan los requisitos establecidos en el presente reglamento.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 520/1993 de 1993-02-09 Artículo 1