Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.446


Artículo D.446

Drenaje de aguas pluviales: Según lo previsto en el informe de la Evaluación Ambiental Estratégica se utilizaran las "estructuras de almacenamiento de agua existente como estructuras de laminación de manera de no impactar sobre los cursos aguas abajo del emprendimiento". " Prevé que las aguas escurran de manera natural salvo las modificaciones establecidas por la caminería interna, realizando cunetas capaces de llevar pluviales de una tormenta de 2 años de período de retorno y se verifica que no desborde para 5 años".

En el proyecto vial se tomarán en cuenta las pendientes, para reducir al máximo la erosión provocada por las pendientes naturales, así como las derivadas de las obras a ejecutar. Se incluirán aliviaderos para conducción de pluviales con reductores de caudal.

Las estructuras de drenaje se diseñarán para el escenario de urbanización total en las cuencas de escurrimiento. Para el cálculo se considerará, del total de área de lotes (área privada), un 80% de zonas verdes o terreno permeable (jardines, parques, etc) y 20% de terreno impermeable (edificado), en función de los factores de ocupación previstos para la zona, según lo indicado en Plano de Anteproyecto de red agua potable del Estudio Pittamiglio en fs. 135.

El proyecto será evaluado y aprobado previamente por Ia Dirección de Urbanismo.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 04013/2019 de 2019-07-30 Artículo 7