Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.250


Artículo R.250

Las empresas de transporte no admitirán constancias de estudio u otro documento alguno individual, para la obtención de becas estudiantiles de transporte – Boleto gratuito -. Sólo será válido como aval para la obtención de tal beneficio, la constancia de los datos personales del interesado en el listado único elaborado a nivel de la Intendencia Municipal,  según se describe en el art R.244.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 1213/2007 de 2007-05-10 Artículo 5