VOLUMEN IV
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN VII
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Las empresas de transporte no admitirán constancias de estudio u otro documento alguno individual, para la obtención de becas estudiantiles de transporte – Boleto gratuito -. Sólo será válido como aval para la obtención de tal beneficio, la constancia de los datos personales del interesado en el listado único elaborado a nivel de la Intendencia Municipal, según se describe en el art R.244.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 1213/2007 de 2007-05-10 | Artículo 5 |