Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.430


Artículo D.430

Red vial. La red vial deberá asegurar una buena accesibilidad y vinculación con la estructura vial general de la zona. El trazado se realiza a partir de criterios de continuidad y conexión con futuros desarrollos. La red vial estará constituida por una vía principal de acceso desde el Camino Eguzquiza en dirección Este-Oeste, que llega a una rotonda localizada al Sur del Fraccionamiento, desde donde se distribuye la circulación hacia el Norte y el Suroeste. Una calle principal hacia el Norte da acceso a los lotes ubicados en ese sector y distribuye la circulación hacia calles transversales. Una calle hacia el Suroeste, distribuye la circulación hacia otro sector de lotes alrededor de calles en cul de sac. Desde la rotonda se accede al área de servicios y equipamientos del emprendimiento.

Las calles tendrán un mínimo de 17 m (pavimento de tosca), entre los límites de propiedad (frente de lotes), mientras que el boulevard principal que se desarrolla desde el acceso hasta la rotonda, punto de arranque de los caminos secundarios tendrá un ancho de 40 m. Las rotondas en las calles de penetración y retorno (cul de sac), tendrán un diámetro de 40 m, en correspondencia con las líneas de frente de los lotes.

Las calzadas serán de 5 m con cunetas a ambos lados.

Las características técnicas para su construcción serán las que establezca la Intendencia.

 



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 04002/2018 de 2018-11-27 Artículo 7