Digesto Departamental
Detalle de Artículo R.231


Artículo R.231

La Intendencia Municipal de Maldonado abonará a las empresas de transporte, compensaciones para las Becas Estudiantiles de transporte a razón del 40% del valor del boleto común correspondiente al tramo que el estudiante utilice.


Ver Res.02242/2020 de 3/ABR/2020


Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Res.ID. 1016/2006 de 2006-03-03 Artículo 4