Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.309


Artículo D.309

Espacios Públicos

a) La banda verde de 200 m de ancho ubicada al Sur de la urbanización municipal se define como Parque Municipal y podrá contener actividades deportivas, recreativas y de servicios públicos.

b) Declárase como bien público de uso público a los ámbitos parquizados en torno a la Cañada Salada dentro del Padrón Nº 21241.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 03974/2017 de 2017-10-03 Artículo 11