VOLUMEN IV
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO II
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CAPÍTULO II
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SECCIÓN IV
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Los menores de 12 años y los jubilados mayores de 65 años podrán viajar gratuitamente los días domingos y feriados, con excepción de la Semana de Turismo.
Fuente | Observaciones | |
Res.ID. 5133/2002 de 2002-12-24 | Artículo 4 |