Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.47


Artículo D.47

Drenaje de aguas pluviales: Las estructuras de drenaje se diseñarán para el escenario de urbanización total en las cuencas de escurrimiento. Para el cálculo se considerará, del total de área de loteos (área privada), un 75 % de zonas verdes o terreno permeable (jardines, parques, etc.) y 25 % de terreno impermeable (20% edificado y 5% con pavimentos), en función de los factores de ocupación previstos para la zona.

Los desagües pluviales estarán conformados por cunetas de cielo abierto; éstas serán triangulares con un talud y una profundidad tal que asegure el correcto escurrimiento de las aguas. Las pendientes de las cunetas acompañarán las pendientes de las calles proyectadas. Las cunetas serán excavadas en tierra y revestidas con suelo pasto, de forma tal de evitar la erosión de las mismas, y cañerías de hormigón pre-moldeado para las conducciones de diámetro reducido.



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Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3950 de 2016-06-14 Artículo 8