Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.307


Artículo D.307

Límites del sector y divisiones.- Este sector está limitado, al oeste por el arroyo Solís, al sur por el límite del área pública del Río de la Plata, al este por el Arroyo Tarariras y al norte por los límites de las áreas urbanas y suburbanas comprendidas entre estos arroyos. El sector se divide en las siguientes zonas:

Zona  3.1. Centro;

Zona  3.2. Barrio Jardín.



Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 03733 de 1999-10-19 Artículo 13