VOLUMEN V
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO IV
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CAPÍTULO II
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SECC. ÚNICA
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Subzona 1.2.1. Rinconada.
a) Límites: pertenecen a esta subzona los predios comprendidos entre: Misiones, excluidos los predios de las manzanas ubicadas al este de ella, Av. 18 de Julio, Buenos Aires, el límite este del área urbanizada, Bartolomé Mitre, Tucumán, Moreno, Talcahuano, Sarmiento, Suipacha, Gral. Rondeau, Alm. Brown, Uruguay y el límite de la zona 1.1. Centro.
b) Normas Especiales: Se pueden construir sólo edificaciones bajas
c) Area mínima de terreno por unidad locativa: 150 m2.
d) Retiros mínimos: - frontales: 4 m.
- bilaterales: 3 m.
- de fondo: 3 m.
e) Altura máxima: 7 m (PB + PA)
f) Plantas edificables: PB + PA
g) Ocupación: F.O.S.: 40 %
F.O.S SS: 40 %
F.O.S PA: 40 %
F.O.T.: 80 %
F.O.S V: 40 %
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 03733 de 1999-10-19 | Artículo 13 |