Digesto Departamental
Detalle de Artículo D.275.4


Artículo D.275.4

Padrones Rurales.

En todos los padrones rurales del ámbito del Plan se establecen los siguientes factores de ocupación:

a) FOS 5%

b) FOT 8%.

c) FOS natural no pavimentado 90%

d) Retiros mínimos respecto a todos los límites del predio bruto: 8 metros, sin perjuicio de los retiros establecidos para las vías públicas, que regirán si son mayores.


Nota: Artículo 41 del Decreto 3927/2014 incorpora el Artículo 245.4 al Decreto Departamental 3718/1997.


Listado de fuentes asociadas al artículo
Fuente Observaciones
Dto.Jta.Dep. 3927 de 2014-03-25 Artículo 41
Dto.Jta.Dep. 4060/2022 de 2022-12-30 Artículo 12