VOLUMEN V
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LIBRO II
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PARTE
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TÍTULO I
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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Factor de ocupación total (FOT). El FOT se expresa como porcentaje y es el resultado del cociente entre: la sumatoria de las proyecciones de las áreas de techo sobre cada piso o nivel y la superficie del terreno.- Se incluyen los espacios habitables del subsuelo, pero no las áreas sin techar y las destinadas a salas de máquinas, subestaciones de UTE, instalaciones de ascensores, tanques de agua y piscinas, así como otras que se establecen en la presente Ordenanza.- Los espacios de altura múltiple se computan una sola vez.
En las normas particulares se establecen los valores máximos que puede alcanzar este parámetro en cada zona o subzona.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3718 de 1997-12-23 | Artículo 162 |