VOLUMEN VI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO XI
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CAPÍTULO II
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SECC. ÚNICA
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Como medida cautelar y hasta tanto se aprueba en forma definitiva el instrumento de ordenamiento territorial que regule la zona comprendida por el "Plan Local de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible de la zona comprendida entre las Lagunas José Ignacio y Garzón, desde la Ruta Nacional Nº 9 hasta el Océano Atlántico" se suspende el otorgamiento de los permisos o autorizaciones de habilitación para instalar hoteles y similares en la zona Casco de José Ignacio (Calle de los Cisnes al Sur, incluyéndola).
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3907 de 2012-11-13 | Artículo 1 |