VOLUMEN VI
|
||
LIBRO I
|
||
PARTE
|
||
TÍTULO X
|
||
CAPÍTULO I
|
||
SECC. ÚNICA
|
Establécense las siguientes normas reglamentarias, para el nomenclátor de los Centros Poblados del Departamento:
1) Clasificación: Las vías de tránsito en los centros poblados (planta urbana y suburbana) del Departamento se clasificarán en:
a) Calles. Las vías de tránsito comunes del centro poblado, en cuánto a jerarquía funcional y trama física.
b) Avenidas. Definidas por su jerarquía funcional y/o de su trama física.
c) Ramblas o Costaneras. Vías que bordean cursos de aguas importantes y que revisten carácter de avenidas por jerarquía funcional y/o trama física.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3444 de 1982-07-09 | Artículo 2 |