VOLUMEN VI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO IX
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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Créase con fines de asesoramiento, en todo lo concerniente al fiel cumplimiento del presente Decreto una Comisión Honoraria de siete miembros, cuya integración propondrá la Intendencia a esta Junta, quién la aprobará por las dos terceras partes de sus miembros y la recaerá en personas de notoria solvencia en el tema, en tres de ellos y en cuatro Ediles, los restantes.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3531 de 1986-10-03 | Artículo 5 |