VOLUMEN VI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO VII
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CAP. ÚNICO
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SECC. ÚNICA
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Solicitud previa de ubicación. Será obligatorio gestionar ante la Intendencia Municipal la correspondiente solicitud previa de ubicación, con anterioridad a cualquiera de los siguientes trámites:
a) Permiso de construcción de edificios para usos industriales y comerciales;
b) Habilitación de locales existentes;
c) Instalación de maquinarias o equipos industriales;
d) Sistema a utilizar para la evacuación de sólidos y líquidos de deshechos;
En dicha solicitud los interesados deberán demostrar las siguientes condiciones características del establecimiento: ubicación del inmueble, edificaciones existentes o a construirse, materia prima, procesos y maquinaria a utilizarse, personal ocupado y demás referencias según lo establezca la correspondiente reglamentación.
La Intendencia Municipal resolverá en cuanto a la admisión del establecimiento en la zona y las condiciones a que se deberá ajustar el edificio, las instalaciones y maquinarias, del acceso y salida de vehículos a la vía pública, los horarios y turnos de trabajo, medidas de aislación, seguridad e higiene, a cuyos efectos se expedirán los servicios competentes del Municipio.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3338 de 1977-02-10 | Artículo 2 |