VOLUMEN VI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO VI
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CAPÍTULO III
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SECC. ÚNICA
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Cuencas hidrográficas.
a) Incorporar en el ordenamiento territorial regional los distritos de conservación de suelo y agua del Plan de Acción Nacional de Lucha Contra la Desertificación y la Sequía, a los efectos de consolidar el concepto de cuenca hidrográfica en la gestión de los recursos naturales.
b) Priorizar la preservación del ciclo hidrológico a modo de un principio válido y factible de gestión de las cuencas hidrográficas de la Región.
c) Avanzar en el proyecto de regulación hídrica de la cuenca de la Laguna Merín.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3919 de 2013-08-13 | Artículo 16 |