VOLUMEN VI
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LIBRO I
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PARTE
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TÍTULO VI
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CAPÍTULO III
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SECC. ÚNICA
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Actividades logísticas y portuarias.
a) Promover la localización de actividades logísticas y portuarias multipropósito que requieren profundidades para embarcaciones de gran calado en un punto de la costa oceánica, satisfaciendo demandas de alcance nacional e internacional y garantizando el mayor equilibrio territorial y la mitigación de eventuales impactos negativos.
b) Impulsar la localización de actividades logísticas y portuarias en la Laguna Merín y sus afluentes, de escala y tipo concordante con el marco de la política pública de promoción a la Hidrovía Uruguay-Brasil.
c) Potenciar la articulación de las infraestructuras logísticas y portuarias existentes y futuras de la Región, promoviendo un funcionamiento compatible y complementario que no interfiera con el potencial de desarrollo turístico y la valorización de sus recursos ambientales.
Fuente | Observaciones | |
Dto.Jta.Dep. 3919 de 2013-08-13 | Artículo 11 |